REGLAMENTO DE TESORERIA
1.- Los depósitos se deben realizar en la Cta.Cte. N° 00000-289094 del Banco de la Nación.
2.- Solo está Permitido los depósitos en Agentes y Oficinas del Banco de la Nación.
3.- No se aceptarán deposito con Transferencias Interbancarias.
4.- Los voucher de depósitos emitidos por el Banco de la Nación se deben canjear a la brevedad, máximo 24 horas hábiles después de su emisión.
5.- No se permitirá el canje de voucher de pagos, pasado las 24 horas después de la fecha de depósito.
6.- Los recibos de pagos emitidos por tesorería, solo serán válidos y deben ser usados dentro del mismo año que fueron emitidos.
7.- Los voucher de depósito debes ser canjeados por un recibo emitido por tesorería del instituto, antes de ser entregado a un Docente y/o Área Académica.
8.- Los recibos de pagos emitido del 16 de marzo del 2020 al 31 de diciembre del 2022, pueden ser solicitado con un FUT para volver a enviar su recibo al por correo electrónico. Siempre en cuando haya sido tramitado por tesorería virtual.
9.- Los Recibo de pagos anteriores al 16 de marzo del 2020, como los recibos de pagos emitidos posteriores al 31 de diciembre del 2022, el duplicado de los recibos, deben abonar la tasa respectiva.
10.- Los recibos de pagos impresos, el duplicado de los recibos, deben abonar la tasa respectiva.
11.- Todo voucher canjeado por tesorería virtual, pueden solicitar el duplicado e reenvió del recibo del pago, a través de correo o FUT.
12.- Todo voucher canjeado de manera presencial, es con el voucher original emitido del Banco y/o Agente de la nación.
13.- No se aceptarán foto de un celular o fotocopia de un voucher para realizar el canje por un recibo de pago.